Tu libertad y tu buen nombre frente al poder punitivo, y tus derechos frente al Estado. Defensa penal técnica y litigio administrativo, con garantías y estrategia.
Te defendemos frente al poder punitivo del Estado y hacemos valer tus derechos cuando el Estado te afecta. Estrategia, garantías y acción a tiempo.
Tu libertad y tu nombre
Frente al Estado
Representamos en el proceso penal por maltrato animal —tanto a quien denuncia como en la defensa técnica—. Desde la Ley 1774 de 2016 los animales son reconocidos como seres sintientes y su maltrato quedó tipificado como delito en el Código Penal (art. 339A), con pena de prisión y multa.
Garantías y reglas vigentes que definen una defensa penal sólida y un buen litigio contra el Estado.
La carga de la prueba es del Estado, no tuya. En el sistema acusatorio, la presunción de inocencia es la regla.
Si la prueba no es contundente, no puede haber condena; la duda razonable absuelve.
Cuando causa un daño antijurídico que no tenías el deber de soportar, debe repararlo.
Reparación directa: 2 años. Nulidad y restablecimiento: 4 meses. Vencido el término, se pierde la acción.
El Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) fue reformado, con nuevas reglas y garantías para el investigado.
Existen preacuerdos, principio de oportunidad y conciliación en delitos querellables.
¿Enfrentas un proceso penal o un problema con el Estado? Agenda una consulta →
No improvisamos: cada defensa se apoya en norma vigente y en la jurisprudencia de las altas cortes.
Sistema penal acusatorio: fija las características y garantías del proceso de la Ley 906 de 2004.
Daño antijurídico: lo consagra como fundamento de la responsabilidad patrimonial del Estado (art. 90 C.P.).
Línea consolidada sobre la responsabilidad extracontractual del Estado y la reparación directa por daño antijurídico.
Obra de cabecera del derecho penal colombiano. Editorial Temis.
Referente clásico de la dogmática penal en Colombia. Editorial Temis.
Texto guía del derecho administrativo colombiano. Editorial Temis.
Necesitas defensa técnica desde la captura o la imputación: rige la presunción de inocencia.
Procede la reparación directa dentro de los 2 años siguientes al daño.
Procede la nulidad y restablecimiento del derecho, pero caduca a los 4 meses.
Tienes derecho a defensa con todas las garantías del Código General Disciplinario.
Normas y jurisprudencia vigentes a la fecha; la casuística es ilustrativa y su resultado depende de cada caso concreto.
Defensa penal técnica y a tiempo.
Representación para que se haga justicia.
Defensa disciplinaria con garantías.
Controversias y equilibrio contractual.
Nulidad de actos y restablecimiento.
Sanciones y actuaciones administrativas.
Defendemos con la Constitución y la ley en la mano: presunción de inocencia y debido proceso.
Nos movemos igual en el proceso penal que en el contencioso administrativo.
Los términos no perdonan; cuidamos cada caducidad y cada audiencia.
Te explicamos tu situación y tus opciones en palabras que entiendes.
Un camino claro, sin sorpresas ni letra menuda.
Revisamos el caso, las pruebas y —clave— los términos que corren.
→Definimos la defensa: negociar, controvertir la prueba o demandar.
→Vamos a las audiencias, radicamos y litigamos con firmeza.
→Estamos de tu lado hasta la decisión final y su cumplimiento.
Cuéntanos qué está pasando —una investigación penal, una sanción o un daño del Estado— y armamos tu defensa con estrategia y a tiempo.