Resolver sin pelear

LegalBridge: acuerdos que duran.

Somos el Centro de Conciliación de EGA Legal Services. No todo se resuelve peleando: tendemos puentes con acuerdos ágiles y con plena validez jurídica, dentro y fuera del proceso judicial — para que ganes tiempo, dinero y tranquilidad.

Centro de Conciliación · en constitución 🤝 Ley 2220 de 2022 · Estatuto de Conciliación 💻 Presencial y virtual en toda Colombia
Qué es la conciliación

Un acuerdo que resuelve, sin años de pleito.

La conciliación es la forma de resolver un conflicto llegando a un acuerdo, con la ayuda de un tercero neutral —el conciliador— que guía la negociación. Las partes deciden la solución; nadie la impone. Es rápida, confidencial y tiene efectos legales.

En simple

Te sientas con la otra parte y un conciliador imparcial te ayuda a llegar a un acuerdo justo, sin ir a un juzgado y sin desgastar la relación.

Cómo se rige

Es un Método de Resolución de Conflictos (MRC) regulado por la Ley 2220 de 2022 (Estatuto de Conciliación). Es autocompositivo y voluntario, salvo cuando la ley exige intentarlo antes de demandar.

Tipos de conciliación

No todas son iguales — y cada una rige distinto.

Te orientamos sobre cuál es la vía correcta para tu caso.

En derecho

Con respaldo jurídico

La lleva un abogado conciliador de un centro autorizado; el acuerdo se ajusta a la ley y presta plenos efectos.

En equidad

Lo justo del caso

La adelanta un conciliador de la comunidad buscando lo justo, no la norma técnica. Es gratuita.

Judicial / Extrajudicial

Dentro o fuera del juzgado

Extrajudicial: antes o por fuera del pleito. Judicial: dentro de un proceso ya en curso, ante el juez.

¿Tu caso se puede conciliar?

Casi todo lo que puedas negociar o ceder.

Se concilian los asuntos transigibles, desistibles y los derechos de los que puedes disponer. Esto es lo que sí y lo que no.

✓ Sí se concilia

  • Civil y comercial: incumplimiento de contratos, cobro de deudas, arrendamientos, compraventa, perjuicios, linderos y servidumbres.
  • Propiedad horizontal: conflictos entre copropietarios o con la administración.
  • Familia: cuota alimentaria, custodia y visitas, unión marital de hecho, liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial.
  • Sucesiones: partición de herencia.
  • Deudas: insolvencia de persona natural no comerciante.

✕ No se concilia

  • Derechos ciertos e indiscutibles (por ejemplo, prestaciones laborales ya causadas).
  • Estado civil de las personas y derechos no disponibles.
  • Asuntos penales, salvo los querellables y desistibles.
  • Todo lo que la ley prohíba expresamente.
¿Es obligatorio antes de demandar?

A veces la ley te obliga a conciliar primero.

Se llama «requisito de procedibilidad»: sin intentar la conciliación, el juez no admite la demanda. Te decimos cuándo aplica.

Área¿Obligatorio antes de demandar?
CivilSí, en procesos declarativos — con excepciones (divisorios, expropiación, monitorios y casos con parte indeterminada o medidas cautelares).
FamiliaSí, en custodia y visitas, alimentos, unión marital de hecho y liquidación de la sociedad patrimonial.
Contencioso-administrativoSí, para ciertos medios de control (ante la Procuraduría).
LaboralNo es requisito obligatorio.
Cómo funciona

Del conflicto al acuerdo, paso a paso.

Nos cuentas tu caso

Revisamos si es conciliable y si te conviene esta vía.

Presentamos la solicitud

Con los hechos y lo que pides, en debida forma.

Se designa el conciliador

Y se cita a la otra parte a la audiencia.

Audiencia

Presencial, virtual o mixta: se negocia con método.

Resultado

Acuerdo total, acuerdo parcial o constancia de no acuerdo.

Acta de conciliación

Si hay acuerdo, se firma el acta con plena validez.

¿Y si la otra parte no cumple?

El acuerdo vale como una sentencia.

Este es el respaldo más fuerte de la conciliación: el acta no es una simple promesa, tiene fuerza legal plena.

Hace tránsito a cosa juzgada

El asunto queda definitivamente resuelto: no se puede volver a discutir lo acordado.

Presta mérito ejecutivo

Si la otra parte no cumple, se cobra directamente ante el juez, sin tener que demandar de nuevo.

Presencial · Virtual · Mixta

¿Por qué conciliar con LegalBridge?

La Ley 2220 de 2022 permite conciliar desde donde estés, por videollamada o presencial. Estas son las ventajas.

RápidoSemanas, no años.
EconómicoUna fracción del costo de un pleito.
Con validezCosa juzgada + mérito ejecutivo.
ConfidencialLo tratado no se divulga.
Preserva la relaciónClave en familia, socios y vecinos.
Tú decidesEl acuerdo lo construyes tú, no te lo imponen.
Qué hace LegalBridge por ti

Te acompañamos en todo el camino.

Representación y acompañamiento

Te representamos como apoderada en la audiencia de conciliación, de principio a fin.

Preparación y estrategia

Armamos la solicitud, evaluamos si tu caso es conciliable y definimos la mejor vía.

Redacción de acuerdos y actas

Con respaldo jurídico, para que tu acuerdo sea sólido y ejecutable.

Insolvencia de persona natural

Acompañamiento en la negociación de deudas de persona natural no comerciante.

Orientación sobre la vía correcta

Requisito de procedibilidad y, cuando aplique, arbitraje o amigable composición (Ley 1563 de 2012).

Modalidad virtual

Concilia desde cualquier lugar de Colombia, con validez legal.

Próximamente

El Centro de Conciliación LegalBridge está en constitución.

Un centro de conciliación requiere autorización del Ministerio de Justicia y del Derecho. Mientras adelantamos ese trámite, en EGA Legal Services ya te acompañamos y representamos en conciliaciones ante los centros autorizados. Te diremos con claridad, en cada caso, ante qué centro se adelanta tu trámite. Nada de humo: te contamos la verdad y te resolvemos hoy.

Cuéntanos tu caso →
Tarifas

Claras y sin sorpresas.

Te decimos el costo antes de empezar. La conciliación cuesta mucho menos que un pleito, y en varios casos es gratuita.

◆Cotización según tu caso. Te damos el valor antes de iniciar, con total transparencia.
◆Las tarifas de los centros se rigen por el marco del Gobierno (Decreto 1885 de 2021) y quedan en el reglamento del centro.
◆La conciliación en equidad, en consultorios jurídicos y en entidades públicas es gratuita.
◆Reservamos cupos sociales gratuitos para personas en situación de vulnerabilidad.
Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿La conciliación es obligatoria?
Solo en ciertos casos antes de demandar (civil, familia y algunos administrativos). En el resto es voluntaria.
¿El acuerdo tiene validez legal?
Sí. El acta hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo: es definitiva y ejecutable.
¿Y si la otra parte no cumple lo acordado?
Se ejecuta directamente ante el juez, sin necesidad de un nuevo pleito.
¿Puedo conciliar de forma virtual?
Sí. La Ley 2220 de 2022 permite la conciliación presencial, virtual o mixta.
¿Qué pasa si no llegamos a un acuerdo?
Se expide una constancia de no acuerdo y quedas habilitado para acudir a la justicia.
¿Ustedes ya son un centro de conciliación autorizado?
Estamos constituyendo el Centro de Conciliación LegalBridge. Hoy te representamos y acompañamos en conciliaciones ante centros ya autorizados, con total transparencia.
¿Cuánto cuesta?
Depende del caso; te cotizamos antes de empezar y contamos con cupos sociales gratuitos.
Concilia

¿Tienes un conflicto por resolver?

Cuéntanos tu caso y te decimos si la conciliación es tu mejor camino — sin compromiso.